Normas de uso de la Biblioteca
NORMAS DE PRÉSTAMO DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA DEL ESPAI JOVE
- Preámbulo
El servicio de préstamo de la Biblioteca del Espai Jove se ofrece
a los jóvenes ilicitanos y a personas autorizadas. Su finalidad
es maximizar el uso de su colección bibliográfica de interés
juvenil, permitiendo que los usuarios de la biblioteca puedan tener
los documentos, durante un tiempo limitado.
Las normas que rigen este servicio harán compatible la consulta
de estos materiales con su conservación.
- Condición de usuario del servicio de préstamo
- Podrá tener la condición de usuario del servicio
de préstamo de la Biblioteca del Espai Jove cualquier joven
de la comarca del Baix Vinalopó que lo solicite. Los asesores,
animadores, monitores, voluntarios, colaboradores y aquellas personas
autorizadas.
Personas autorizadas:
Las autorizaciones, previa solicitud razonada, serán temporales
y expedidas por el jefe del servicio de acuerdo con los criterios
que establezca el reglamento del servicio.
- Formalización del préstamo
- El préstamo se formalizará mediante la presentación
del carnet de usuario que acredite que se pertenece a alguno de
los grupos de usuarios relacionados anteriormente.
- El uso del servicio implica la aceptación de las normas
que lo regulan.
- Documentos objeto del servicio de préstamo
- Todos los materiales bibliográficos del Espai Jove son
susceptibles de ser prestados, pero algunos materiales podrán
ser excluidos del préstamo o sometidos a un régimen
de préstamo restringido.
Las exclusiones o restricciones obedecen a razones de utilización,
rareza o preservación.
- De forma general, quedarán excluidos del préstamo:
a) Obras de referencia: Guías, enciclopedias, diccionarios,
bibliografías, etc.
b) Revistas y otras publicaciones periódicas.
d) Documentos modernos ya agotados y difícilmente reemplazables.
e) Proyectos de alumnos en prácticas o memorias no publicadas,
a no ser que estén duplicados y se obtuviera el permiso previo
del autor.
f) Documentos muy consultados, de los cuales la biblioteca no tenga
más de un ejemplar. En el caso de existir diversos ejemplares,
uno o más quedan excluidos del préstamo para asegurar
la posibilidad de su consulta en la sala de lectura. (Viajeteca)
- Los documentos muy utilizados podrán ser sometidos a un
régimen de préstamo restringido, que consistirá
en que se dejen en préstamo durante fines de semana y festivos.
- Duración y condiciones del préstamo
- La duración y el número de documentos en préstamo
y, en general, las condiciones del servicio de préstamo dependen
del tipo de usuario y del tipo de documento que sea demandado.
- Los jóvenes usuarios:
Pueden retirar un máximo de tres obras por un plazo de 7
días naturales, prorrogable si las obras en préstamo
no hubieran sido solicitadas por otros usuarios.
- Animadores, monitores y personal de administración y servicios:
Pueden retirar un máximo de seis obras, por un plazo de 14
días naturales, prorrogables si las obras en préstamo
no hubieran sido solicitadas.
- El préstamo a las personas autorizadas se regirá
por lo dispuesto en el apartado 5.3.
- Incumplimento de las normas del préstamo
- El usuario tiene la obligación de devolver los documentos
en préstamo dentro de la fecha límite, siempre que
no tenga autorizada la prórroga. En caso de incumplimiento
del plazo, la biblioteca requerirá al usuario para que devuelva
la obra.
- En el caso de no devolución o deterioro, el usuario deberá
restituir la obra prestada por otro ejemplar de la misma edición.
Hasta que todo eso no se cumpla, el usuario quedará excluido
temporalmente del servicio de préstamo.
La no devolución reiterada de obras a la biblioteca conllevará
a la suspensión de la condición de usuario del servicio.
En todo caso, con independencia de las medidas administrativas y
legales que correspondan.
- Garantía
Los miembros del equipo de trabajo del Espai Jove garantizarán
el cumplimiento de esta normativa y ampararán y resolverán
cualquier reclamación efectuada por los usuarios al respecto.
Estas normas de préstamo del servicio de biblioteca del Espai
Jove fueron aprobadas el 27 de septiembre de 2002.
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